viernes, 23 de octubre de 2009

ASAMBLEISTAS OTORGAN CATEGORIA CONSTITUCIONAL AL DEFENSOR DEL PUEBLO


La Asamblea Revisora aprobó 41 artículos y prevé concluir los trabajos en segunda lectura. Sancionó que el Presidente de la República designará al Procurador General de la República y a la mitad de los procuradores adjuntos y remite a la ley la forma de designación de los demás integrantes del Ministerio Público.
Con esta sanción fue modificado el informe de la Comisión de Verificación y Auditoría que proponía que el Presidente nombrara al Procurador y una cuarta parte de sus procuradores adjuntos.
Los asambleístas establecieron el Sistema de Carrera, mediante el cual el Ministerio Público se organiza conforme a la Ley, que regula su inamovilidad, régimen disciplinario y los demás preceptos que rigen su actuación, su escuela de formación y sus órganos de gobierno, garantizando la permanencia de sus miembros hasta los 75 años. Se creó, además, el Consejo Superior del Ministerio Público, que será el órgano de gobierno interno de ese organismo.
El pleno otorgó categoría constitucional al Defensor del Pueblo, funcionario que deberá salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos establecidos en la Carta Magna y las leyes, en caso de que sean violados por funcionarios, prestadores de servicios públicos o particulares.

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