jueves, 17 de diciembre de 2009

DESIGNACION DE FUNCIONARIO NO SERA EFECTIVA HASTA QUE HAGA DECLARACION JURADA DE BIENES


La designación de un funcionario no será efectiva hasta tanto haga una declaración jurada de bienes que lo obligue a levantar un inventario detallado y legalizado por un notario público, según se establece en un nuevo proyecto de ley que será sometido al Congreso en los próximos días por la Dirección Nacional de Persecución de Corrupción Administrativa.
Según la pieza, los funcionarios deberán cumplir a los dos años de su desempeño y en un plazo no mayor de 15 días después de haber cesado en sus funciones. La nueva ley derogaría y sustituye la 8269, que este miércoles cumple 30 años.
El proyecto fue entregado por el director nacional del DPCA, Hotoniel Bonilla, al senador Francisco Domínguez Brito, presidente de la Comisión de Justicia del Senado, durante un encuentro en la Procuraduría General de la República encabezado por su incumbente Radhamés Jiménez, el representante del Banco Mundial en la República Dominica; Roby Denderowitsch, y representantes de la Sociedad Civil y del Poder Ejecutivo.
El proyecto establece que si se comprueba que un funcionario ha incrementado su patrimonio de forma evidente, se contemplan sanciones de cinco a 10 años de prisión, una multa equivalente al duplo del monto incrementado y la inhabilitación para ocupar funciones públicas durante un período de dos a 10 años, según la gravedad del caso.

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